Tuesday, November 28, 2006

Nuevas pericias

En los procesos penales, a diferencia de otros fueros, no existen plazos perentorios para solicitar pruebas, pudiendo requerir el juez nuevas pericias o ampliaciones de las realizadas, tantas veces como lo considere necesario.
Además, la materia contable, por su característica puede dar lugar a nuevas pericias en función a las conclusiones de las anteriores, o bien en razón de la existencia de otros elementos de juicio reunidos en función al estado de avance del proceso.
Es habitual que en el curso de una investigación se realice más de una pericia, según las necesidades e interrogantes que se planteen en la causa.
En otro orden, si los informes presentados por los peritos oficiales y de parte, discreparen fundamentalmente, el juez podrá nombrar más peritos, según la importancia del caso, para que los examinen e informen sobre su mérito o, si fuere factible y necesario, realicen otra vez la pericia. (17)

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